Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1017/2024, el Gobierno nacional implementó una nueva norma sobre hipotecas divisibles para inmuebles destinados a proyectos inmobiliarios.
Según la resolución, se permite a los proyectos “su posterior división y adhesión al régimen de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios, o la subdivisión de parcelas de dominio común”.
En los considerandos se explica que la medida busca “impulsar y consolidar un mercado de créditos hipotecarios robusto y sostenible en el tiempo” para “mejorar el acceso a la vivienda de muchas familias”.
¿Qué es una hipoteca divisible?
La norma establece distintos tipos de hipotecas. Por un lado, están las hipotecas divisibles para proyectos inmobiliarios, que permiten a cada comprador asumir su propia deuda individualmente cuando adquiere una unidad de un desarrollo inmobiliario. Esta modalidad aplica a proyectos sujetos a propiedad horizontal o subdivisiones, lo que permite que la deuda se divida de acuerdo con cada unidad o lote adquirido.
Por otro lado, también se habilitó a hipotecas sobre el derecho real de superficie, registro de boletos de compraventa y seguros facultativos para proyectos en construcción.
Los requisitos
Según el DNU, el dominio del inmueble de la hipoteca divisible deberá estar libre de gravámenes o los existentes deben ser reconocidos por el acreedor. Además, se tendrá que contar con un proyecto que determine la modalidad de la subdivisión, en el que deberá constar el número, características y destino de las futuras unidades funcionales o lotes de terreno.
Asimismo, debe haber conformidad de las partes para proceder conjuntamente con la división del crédito y de la garantía hipotecaria.
Se disolvió el Procrear
Por otro lado, a través del decreto 1018/24, se oficializó la disolución del programa Procrear. La norma anunció que el Ministerio de Economía “celebrará con el Banco Hipotecario un contrato para la continuidad de la gestión de los créditos bajo las mismas condiciones de retribución”.
FUENTE : DIARIO HOY